Reglamento General de Protección de Datos europeo (RGPD)
La aprobación del nuevo Reglamento conlleva destacadas novedades y cambios inminentes en el ámbito de la protección de datos.
Empieza una transición hacía una nueva “legalidad europea de privacidad”, de especial interés para ciudadanos europeos y para cualquiera que trate datos personales.
Las obligaciones más destacables que van a impactar directamente en los procesos de adecuación al Reglamento son:
- Nuevos derechos de los ciudadanos: derecho al olvido y derecho a la portabilidad de datos.
- Creación de la figura del Delegado de Protección de Datos (DPD).
- Obligación de realizar Análisis de Riesgos y Evaluaciones de Impacto para determinar el cumplimiento normativo.
- Obligación de registrar documentalmente las operaciones de tratamiento.
- Nuevas notificaciones a la Autoridad de Control: brechas de seguridad y autorización previa para determinados tipos de tratamiento.
- Más información a los afectados del tratamiento de sus datos personales.
- Incremento de la cuantía de las sanciones: de hasta 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio total anual del ejercicio anterior.
- Aplicación del concepto “Ventanilla Única”, para que los usuarios interesados puedan efectuar trámites, aunque estos afecten a autoridades en la materia de otros estados miembros.
- Establecimiento de obligaciones para nuevas categorías especiales de datos (biométricos, genéticos, etc.).
- Nuevos principios en relación a las obligaciones de información: transparencia y minimización.
Estas obligaciones están orientadas a reforzar la seguridad jurídica y aumentar la garantía de los derechos de los ciudadanos, que deben poder disponer de un control más efectivo de sus propios datos personales.
En este sentido, el nuevo Reglamento va a permitir armonizar las actuaciones y niveles de protección, estableciendo un marco común para la salvaguarda del derecho a la protección de datos personales, por parte de todos los estados miembros, que debe cumplirse de manera uniforme en toda la UE.
Su afectación es generalizada, pero no solo a nivel de países, sino también de sectores de actividad. Por tanto, todas las empresas, profesionales y entidades afectadas deberán revisar y adecuar sus actuaciones en materia de protección de datos a los nuevos requerimientos de este Reglamento.
Además si usted tiene contrato de mantenimiento con nosotros, le incluiremos los textos oficiales dentro de los repors, COMPLETAMENTE GRATIS!!