Comunicaciones y notificaciones telemáticas de la Seguridad Social
09/05/2013
Comunicaciones y notificaciones telemáticas de la Seguridad Social
Durante este año la Tesorería General de la Seguridad Social implantará de forma gradual la obligatoriedad del SISTEMA DE COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS, tal como prevé la Orden ESS/485/2013.
Según la citada Orden, estarán obligados a recibir telemáticamente las comunicaciones y notificaciones que los dirija la Seguridad Social:
· Los sujetos que estén OBLIGADOS a incorporarse al SISTEMA RED (Sistema de Remisión Electrónica de Datos), con independencia de que se hayan incorporado o no de forma efectiva.
Sujetos obligados al Sistema RED según lo previsto en la nueva Orden ESS/484/2013:
- Las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar encuadrados en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, con independencia del número de trabajadores que mantengan en alta, con algunas particularidades y excepciones.
- Los trabajadores incluidos en el RETA (autónomos), con excepción de los correspondientes al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrar is, sólo cuando al mismo tiempo tengan la condición de empresarios obligados a transmitir por este sistema los datos relativos a sus trabajadores, en este caso también estarán obligados a transmitir por el mismo sistema sus propios datos como trabajadores autónomos.
Sujetos no obligados al Sistema RED según lo previsto en la nueva Orden ESS/484/2013:
- Régimen General: colectivos de profesionales taurinos, representantes de comercio, Sistema Especial para Empleados de Hogar y Sistema Especial de la Industria Resinera.
- Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, respecto a los trabajadores por cuenta propia.
Adjuntamos, al final de esta nota, relación de los principales regímenes de la Seguridad Social actualmente obligados al Sistema Red y por tanto también al sistema de notificaciones telemáticas.
· Los sujetos que estén adheridos voluntariamente al SISTEMA RED.
Las notificaciones telemáticas, se realizarán mediante el sistema de comparecencia en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESA). Para el acceso será necesario cumplir con determinados requisitos técnicos y disponer de certificado electrónico homologado.
Los sujetos obligados recibirán por correo postal "carta", la notificación de la resolución sobre su inclusión en el sistema, quedando obligados a comparecer en Sedesa para recibir las notificaciones y comunicaciones de forma telemática en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique la resolución sobre su inclusión en el sistema.
Les recordamos que también es posible incorporarse voluntariamente al sistema de notificaciones telemáticas.
Para cualquier duda o aclaración o si desean ampliar información pueden contactar con nuestro despacho.
Cordialmente
PRINCIPALES REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL OBLIGADOS AL SISTEMA RED
Y EL SISTEMA DE notificaciones telemáticas de la TGSS
Régimen General
Régimen General.
Artistas
Sistema Especial Frutas, hortalizas e industria de conservas vegetales.
Sistema Especial de manipulación y empaquetado de tomate fresco destinado a la exportación
Sistema Especial Trabajadores fijos discontinuos de empresas de estudio de mercado y opinión pública
Sistema Especial Trabajadores fijos discontinuos de cines, salas de baile y de fiesta y discotecas
Servicios extraordinarios de hostelería
Sistema Especial trabajadores cuenta ajena agrarios
Regímenes Especiales
RETA. Trabajadores autónomos que tienen la condición de empresarios (obligados a transmitir los datos de sus trabajador por el Sistema RED - código de cuenta de cotización)
RETM. Régimen Especial de los Trabajadores del Mar por cuenta ajena.
Régimen Especial de la Minería del Carbón
PRINCIPAL REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL NO OBLIGADOS AL SISTEMA RED
Y TAMPOCO EL SISTEMA DE notificaciones telemáticas de la TGSS
Régimen General
Profesionales Taurinos
Representante de Comercio
Sistema Especial de la Industria Resinera
Sistema especial para empleados de hogar
Regímenes Especiales
RETA. Trabajadores autónomos que no tienen la condición de empresarios
RETM. Régimen Especial de los Trabajadores del Mar por cuenta propia.
RETA. Sistema Especial trabajadores cuenta propia Agrario (SETA)