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Las entidades bancarias deben volver a los consumidores los gastos de formalización de hipoteca

29/11/2016

Según establece la Sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo de fecha veintitrés tres de diciembre de dos mil quince, son nulas las cláusulas que impongan al consumidor el pago de todos los gastos derivados del otorgamiento de la escritura pública de hipoteca (notario y registro de la propiedad) así como de los tributos en los que el sujeto pasivo del impuesto es la entidad bancarias.

Si es titulares de un préstamo con garantía hipotecaria, incluso si ha hecho alguna ampliación de hipoteca, quedamos a su disposición para estudiar sin ningún compromiso su caso en particular y realizar, en su caso, la oportuna reclamación extrajudicial a la entidad bancaria la devolución de las cantidades indebidamente abonadas en su día por los consumidores.

Y es que la legislación sobre los consumidores califica como cláusulas abusivas, en todo caso, tanto "La transmisión al consumidor y usuario de las consecuencias económicas de errores administrativos o de gestión que no le sean imputables" como "La imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por ley corresponda al empresario ".