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Novedades laborales y de Seguridad Social 2015

28/01/2015

A continuación detallamos lesprincipals novedades laborales y de Seguridad Social de la Ley de Presupuestos Generales para 2015 y otras normas publicadas recientemente:

 

· Se incrementan del 0,5% las cuantías del salario mínimo interprofesional para 2015 (€ 648,60 / mes).

 

· Las bases máximas de cotización al Régimen General se incrementan en un 0,25% para el año 2015, siendo de € 3.606,00 / mensuales o € 120,20 / día. Las bases mínimas se incrementarán en el mismo porcentaje que aumenta el SMI.

 

· Los trabajadores AUTÓNOMOS que, a 1 de enero 2015, tengan 47 años de edad y cotizan en el RETA por una base inferior a € 1.926,60 mensuales no podrán elegir una base de cotización superior a € 1.945,80, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30-06-2015. La base mínima de los autónomos se incrementa aproximadamente en un 1% (€ 884,40)

 

· Prorroga hasta el 31-12-2015 las bonificaciones en las cotizaciones para las empresas, excluidas las pertenecientes al sector público, dedicadas a actividades encuadradas en los sectores de turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería que generen actividad productiva en los meses de marzo y de noviembre de cada año y que inicien y / o mantengan en alta durante estos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo.

 

· Nuevo sistema para calcular la base reguladora diaria de la prestación por incapacidad temporal de la contratación a tiempo parcial, con efectos desde el 1 de enero 2015.

 

· La entrada en vigor de la ampliación de la duración del permiso de paternidad a cuatro semanas se aplaza hasta el 01-01-2016. También aplaza la entrada en vigor de las normas que permiten realizar una actividad por cuenta propia en tiempo parcial.

 

· Se prorroga durante tres meses la reducción de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social por contratación indefinida (tarifa plana), respecto de los contratos celebrados entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de marzo 2015.

 

 

· Se regulan los supuestos de fuerza mayor en los que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá exonerar, a empresas afectadas por una suspensión de contratos de trabajo o reducción de jornada, del pago de la aportación empresarial con el fin de favorecer el mantenimiento del empleo. Establecen los requisitos que deben cumplir para su aplicación.

 

 

· El nuevo sistema de liquidación directa de cuotas por la Tesorería General de la Seguridad Social se implantará de forma progresiva, y sustituirá al tradicional modelo de autoliquidación. El sistema de liquidación simplificada de cuotas continuará existiendo para los supuestos en que se prevea legalmente. A partir del 15-01-2015, la TGSS puede empezar a notificar a las empresas, de forma electrónica, su incorporación al Sistema de Liquidación Directa, mediante resolución depositada en la sede electrónica de la Seguridad Social.

 

 

· Se amplía el plazo que permite celebrar contratos para la formación y el aprendizaje no vinculados a certificados de profesionalidad o títulos de formación, o no haya centros disponibles para impartir hasta el 30-06-2015. Por Orden se podrá ampliar el plazo antes señalado hasta el 31 de diciembre 2015.

 

· Modificación de la norma que regula los aspectos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje, para aumentar las cuantías máximas de las bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social dirigidas a financiar los costes de la formación inherente a este contrato, siempre que se contrate un beneficiario de la Garantía Juvenil. Aplicará a los contratos celebrados a partir del 25 de enero de 2015 y hasta el 30 de junio de 2016.També establece una bonificación adicional para financiar los costes derivados de la obligada tutorización en la empresa de cada trabajador a través de este contrato, aplicable a los celebrados a partir del 25 de enero.

 

· El IPC general interanual diciembre de 2014 se sitúa en el - 1,0%.