Novedades importantes para los autónomos 22/06/2017
ÚLTIMOS CRITERIOS SOBRE REGISTROS HORARIOS
22/06/2017
La Ley de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo quedó ayer prácticamente cerrada en la ponencia del Congreso donde se ha negociado.
Esta norma incluye una decena larga de novedades; la Ley podría ser enviada hoy al Senado, para que pudiera entrar en vigor desde finales de junio o principios de julio.
La medida más nueva es que los autónomos con empleados a su cargo y cumplida la edad legal de jubilación podrán compatibilizar el cobro del 100% de su pensión con el mantenimiento de su actividad, lo que se llama Jubilación Activa.
Para el resto de autónomos, sin empleados a su cargo, seguirá con el 50% de su pensión en caso de compatibilizar el cobro de su pensión de jubilación con el mantenimiento de su actividad laboral.
Finalmente, la norma permitirá que los autónomos puedan deducir en el IRPF "los gastos de manutención afectos a la actividad por un importe máximo de 12 euros diarios"; todavía qué, se les exigirá que este importe "se haga en soporte telemático y pueda ser comprobado fehacientemente mediante factura o sistemas indirectos de pago que tengan esta finalidad específica" y, además, este gasto se debe producir en días laborables y exclusivamente en establecimientos de restauración y hostelería.
La norma aún no está aprobada definitivamente ni es vigente pero se prevé que en breve lo sea.
Esta norma incluye una decena larga de novedades; la Ley podría ser enviada hoy al Senado, para que pudiera entrar en vigor desde finales de junio o principios de julio.
La medida más nueva es que los autónomos con empleados a su cargo y cumplida la edad legal de jubilación podrán compatibilizar el cobro del 100% de su pensión con el mantenimiento de su actividad, lo que se llama Jubilación Activa.
Para el resto de autónomos, sin empleados a su cargo, seguirá con el 50% de su pensión en caso de compatibilizar el cobro de su pensión de jubilación con el mantenimiento de su actividad laboral.
Finalmente, la norma permitirá que los autónomos puedan deducir en el IRPF "los gastos de manutención afectos a la actividad por un importe máximo de 12 euros diarios"; todavía qué, se les exigirá que este importe "se haga en soporte telemático y pueda ser comprobado fehacientemente mediante factura o sistemas indirectos de pago que tengan esta finalidad específica" y, además, este gasto se debe producir en días laborables y exclusivamente en establecimientos de restauración y hostelería.
La norma aún no está aprobada definitivamente ni es vigente pero se prevé que en breve lo sea.