Novedades laborales y de la Seguridad Social para el 2017
13/12/2016
• Fijación del salario mínimo interprofesional para 2017 (DA única)
El Gobierno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el salario mínimo interprofesional para 2017 con un incremento del 8% respecto de lo establecido en el Real Decreto 1171/2015, de 29 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2016.
Asimismo, el Gobierno determinará la afectación de este incremento en las referencias al salario mínimo interprofesional contenidas en los convenios colectivos vigentes en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto que apruebe el salario mínimo interprofesional para 2017 , así como en normas no estatales y en contratos y pactos de naturaleza privada.
• Actualización del límite máximo y de las bases máximas de cotización en el sistema de la Seguridad Social (Art.9)
Las cuantías del límite máximo de la base de cotización a la Seguridad Social en aquellos regímenes que lo tengan establecido y de las bases máximas de cotización aplicables en cada uno de ellos se incrementarán, a partir del 1 de enero de 2017, en un 3% respecto a las vigentes en el año 2016.
• Incrementos futuros del límite máximo y de las bases máximas de cotización y del límite máximo de las pensiones del sistema de la Seguridad Social (Art.10)
Los incrementos del límite máximo de la base de cotización y de las bases máximas de cotización en el sistema de la Seguridad Social, así como del límite máximo para las pensiones causadas en este sistema, que se realizan después de lo establecido en este real decreto- ley se ajustarán a las recomendaciones efectuadas en este sentido por la Comisión Parlamentaria Permanente de Evaluación y Seguimiento de los acuerdos del Pacto de Toledo y los acuerdos en el marco del diálogo social.
• Una subida del SMI en un 8% provocará automáticamente un incremento en idéntico porcentaje, es decir, de un 8%, de las bases mínimas de cotización y como consecuencia de ello, los autónomos y las empresas serán los auténticos damnificados con esta medida propuesta por el PSOE y acordada con el Gobierno. Tanto que, aproximadamente, un millón de autónomos (societarios y aquellos autónomos que tengan más de 10 trabajadores a su cargo) cotizarán alrededor de 300 euros más al año, lo que proporcionará a la Seguridad Social un incremento de unos 70 millones de euros de ingresos extra.