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El TUE obliga a los bancos a devolver todo el dinero cobrado por las cláusulas suelo

21/12/2016

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dedicido finalmente que los bancos tendrán que devolver todo el dinero cobrado de más a los clientes que en sus hipotecas se hubieran incorporado indebidamente las llamadas "cláusulas suelo", denegado así la postura de las entidades bancarias de que limitar en el tiempo la retroactividad pues entiende que esta limitación es contrario al ordenamiento comunitario y, por tanto, los bancos deberán Finalmente volver a sus clientes la totalidad del importe que hayan cobrar de más y no sólo a partir del nueve de mayo de dos mil trece como inicialmente determinó El Tribunal Supremo.

En este sentido, hay que recordar que el Tribunal Supremo consideró abusivas las cláusulas suelo al entender que los consumidor no habían sido debidamente informados de la carga económica y jurídica que se les imponía, pero limita en la fecha de la sentencia, nueve de mayo de dos mil trece, la retroactividad máxima para que su nulidad sólo tuviera efectos a partir de esta fecha y no antes.

Las cláusulas suelo son aquellas que fijan un límita mínimo de intereses que en las hipotecas concedidas por los bancos a sus clientes, evitando eso que éstos se hayan beneficiado durante estos años de la caída del euribor, índice de referencia principal para las hipotecas.

Establece el TJUE que la declaración como abusiva de la cláusula suelo "debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula", por lo que se procederá a "la restitución de las ventajas indebidamente obtenidas por la banca en perjuicio del consumidor".