CALENDARIO DE APERTURA POR LOS COMERCIOS EN DOMINGOS Y DÍAS FESTIVOS PARA LOS AÑOS 2016 Y 2.017
El número máximo de domingos y festivos que los establecimientos comerciales pueden permanecer abiertos durante el año es de ocho.
16/06/2015
Los ocho días festivos que los establecimientos comerciales de Cataluña pueden permanecer abiertos al público, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2014, de 19 de febrero, de horarios comerciales y de medidas para determinadas actividades de promoción, para los años 2016 y 2017 son:
Para el año 2016:
- 3 y 10 de enero.
- 3 de julio.
- 15 de agosto.
- 6, 8, 11 y 18 de diciembre.
Para el año 2017:
- 8 de enero.
- 2 de julio.
- 1 de noviembre.
- 6, 8, 10, 17 y 24 de diciembre.
Atención. Les recordamos que de acuerdo con la Ley de horarios los comercios pueden abrir un máximo de 12 horas diarias, entre las 7.00 y las 22.00 horas, con la obligación de cerrar los domingos y festivos y avanzar el horario de cierre a las 20.00 h los días 24 y 31 de diciembre. Dentro de estos límites, los comerciantes pueden fijar libremente la distribución de su horario de apertura. Aparte de determinadas excepciones por tipo de establecimiento el comercio en general puede abrir un máximo de 8 domingos o festivos al año, de acuerdo al calendario que fija la Generalitat, más dos festivos que determina cada ayuntamiento para su término municipal .